Cambios en la Apertura de Cuentas Bancarias en México: RFC Obligatorio para Ciertos Clientes.
El panorama para la apertura de cuentas bancarias en México está cambiando. Tradicionalmente, los bancos han solicitado datos básicos como nombre, domicilio y CURP para identificar a sus clientes. Sin embargo, hasta hace poco, no era obligatorio proporcionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para personas físicas, salvo en algunos casos específicos. Esto ha cambiado, y es crucial entender las nuevas regulaciones y su impacto.
El 28 de agosto de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una resolución que reforma diversas disposiciones del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito. Estas modificaciones tienen como objetivo reforzar los criterios de identificación de clientes en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
Entre las nuevas disposiciones, destaca la obligación de solicitar el RFC a ciertos perfiles de clientes. En concreto, las personas físicas que operen bajo un régimen fiscal con actividad empresarial, según lo establecido en las secciones I y IV del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), serán tratadas de manera similar a las personas morales por parte de las instituciones financieras.
¿Qué Implica Este Cambio?
Este ajuste implica que, en términos de obligaciones y requisitos, estas personas físicas deberán proporcionar su clave de RFC con homoclave al momento de abrir una cuenta bancaria, al igual que lo hacen las personas morales. Además, si aplica, deberán presentar un número de identificación fiscal o su equivalente y especificar el país o países que asignaron dichos números.
Este cambio no solo apunta a una mayor fiscalización, sino también a fortalecer la transparencia y trazabilidad de las operaciones bancarias. Para los bancos, significa un ajuste en sus procesos de identificación y verificación de clientes, mientras que, para los usuarios, particularmente aquellos con actividades empresariales, representa un paso adicional en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Impacto en la Práctica Bancaria y Fiscal
La reforma subraya un enfoque más riguroso por parte de las autoridades mexicanas para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, objetivos que han ganado protagonismo en los últimos años. Al equiparar a ciertos individuos con personas morales en cuanto a requisitos de identificación, se busca asegurar que las operaciones bancarias cuenten con un mayor respaldo documental y se minimicen riesgos.
Para las personas físicas que inician o mantienen actividades empresariales, es crucial estar al tanto de estos cambios. No solo deberán cumplir con los nuevos requisitos al abrir cuentas bancarias, sino que también tendrán que mantener su documentación fiscal en orden, ya que los bancos estarán obligados a solicitarla y verificarla periódicamente.
Conclusión: Estas modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito marcan un cambio significativo en las prácticas bancarias en México. La obligatoriedad de proporcionar el RFC y otros identificadores fiscales para personas físicas con actividad empresarial subraya un compromiso claro con la transparencia financiera y el combate a actividades ilícitas.
Es fundamental que quienes se vean afectados por esta nueva regulación se mantengan informados y cumplan con los nuevos requisitos. Así, no solo evitarán contratiempos al momento de abrir o mantener cuentas bancarias, sino que también contribuirán a un sistema financiero más seguro y confiable para todos.
En definitiva, estas reformas apuntan a un futuro donde la identificación y la fiscalización vayan de la mano para fortalecer el sector financiero en México, un reto que tanto instituciones como usuarios deberán enfrentar con responsabilidad y compromiso.