Deducción anual de gastos escolares y lentes para persona física
Nuevamente les damos la más cordial bienvenida a una más de nuestras publicaciones.
¡En este regreso a clases, que no se te pase conseguir Factura (o CFDI) de los lentes de tus hijos, de colegiaturas, trasporte escolar y demás deducciones personales que te servirán para una probable devolución de impuestos en tu declaración anual!
En concordancia con el artículo 151 fracción 1 de la LISR y 264 del RLISR la deducción que se puede tomar en cuenta en la Declaración anual por concepto de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00 sería aplicable no tan solo a los hijos (descendientes en línea recta), sino también para el mismo contribuyente, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes en línea recta.
También como persona física tenemos el derecho a deducir en nuestra declaración anual el importe pagado “mediante cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios” (Aplica para todas las deducciones personales) el importe de colegiaturas y transporte escolar (se deberá detallar y separar en CFDI importes y conceptos) que se haya realizado a instituciones privadas con reconocimiento oficial.
Las deducciones no proceden si el pago se realiza en efectivo.
Para el caso de colegiaturas las siguientes son las claves y descripción de producto o servicio que aceptará el SAT:
Para el caso de trasporte escolar las siguientes son las claves y descripción de producto o servicio que aceptará el SAT:
Para los casos mencionados igual que para todas las deducciones, está por demás decir que necesitamos una factura o CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) con la descripción clara de la compra o servicio contratado. En el caso de los lentes, debemos contar también con el diagnóstico oftalmológico u optometrista y en el caso del transporte escolar el campo “Uso del CFDI” deberá de ser por “gastos de transportación escolar obligatoria”.
Los limites deducibles en la declaración anual por colegiaturas son los siguientes:
-
Preescolar: 14,200 pesos.
-
Primaria: 12,900 pesos.
-
Secundaria: 19,900 pesos.
-
Profesional técnico: 17,100 pesos.
-
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Como podemos apreciar, los límites deducibles por estos conceptos no son en muchos de los casos representativos de los montos reales que se erogan, sin embargo, si acumulamos todos los gastos que nos permite la autoridad deducir en la Declaración Anual, es casi un hecho que nos podríamos ver favorecidos con una devolución de impuestos en los primeros meses de cada año y así gozar de lo que podríamos llamar una “Tasa de impuesto neta real menor”. Cabe mencionar que el límite del total de las Deducciones Personales es de 5 veces la UMA anual ($189,222) o el 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Por lo anterior, los invitamos a consultar en el siguiente enlace las deducciones anuales a que tenemos derecho todos los que tributamos como Persona Física ante el SAT. Cabe mencionar que hay que cubrir todos los requisitos por cada una de las deducciones en comento por lo que, si tuvieran alguna duda, les conminamos como siempre en hacernos alguna consulta o mayor aún, que nos solicitaran alguna de nuestras muy asequibles cotizaciones para ser sus asesores de servicios fiscales contables e irlos guiando y preparando para su declaración anual 2023 como persona física o Moral ya que solo nos falta un tercio del año para que termine este ejercicio fiscal. Estamos seguros de que nuestros servicios redundarán en mayores beneficios a corto, mediano y largo plazo.