Pago de impuestos en especie (ISR e IVA) por artistas plásticos.

Ago 28, 2023

Les damos la más cordial bienvenida a una más de nuestras publicaciones en donde no les quitaremos más allá de 6 minutos de su valioso tiempo y a cambio les informaremos de algunas situaciones que tienen repercusión en el área Fiscal o de pago de impuestos. Nos viene a la mente el siguiente Principio de Derecho: “el Desconocimiento de las Leyes no exime de su cumplimiento” que se encuentra referenciado en nuestro Código Civil Federal de México.

Cabe mencionar que tratamos de ser coloquiales en nuestra redacción para hacer mas accesible el entendimiento de los temas contables y fiscales que se tocan, sin embargo, si tienen alguna duda al respecto o si hay algún caso específico con relación a los servicios que presta nuestra firma en las áreas de Auditoría, Contabilidad, Costos, Organización y Consultoría Fiscal les pedimos encarecidamente se pongan en contacto con nosotros que con gusto les brindaremos la mejor asesoría que estamos seguros redundará en mejores beneficios en general a corto, mediano y largo plazo.

El tema de la publicación del día de hoy es un tema por demás interesante y poco conocido en el ámbito de los asesores contables fiscales que podríamos guardar para nuestro breviario cultural o si saben de alguien a quien le pudiera ser de utilidad, agradeceríamos lo pudieran compartir y es el siguiente:

PAGO DE IMPUESTOS EN ESPECIE (ISR E IVA) POR ARTISTAS PLASTICOS MEXICANOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PAÍS:

Una alternativa que tienen los artistas plásticos para no descapitalizarse es pagar sus impuestos en especie. Esta posibilidad está abierta para los pintores, escultores, artistas que hacen grabados y fotógrafos desde el 31 de octubre de 1994, con el Decreto del Presidente de la República Mexicana (actualización a Decretos anteriores) Carlos Salinas de Gortari, que otorga desde entonces facilidades para el pago de los impuestos Sobre la Renta y al Valor Agregado y condona parcialmente el primero de ellos, con obras de la producción de los artistas en comento. El Decreto facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares. Este decreto se encuentra vigente hasta nuestros días con un par de modificaciones realizadas, la primera, el 28 de noviembre de 2006, y la segunda, el 5 de noviembre de 2007, ambas publicadas en el DOF.

Esta forma de pago tiene la ventaja para los artistas plásticos de poder adquirir un renombre para ellos y para México y que sus obras puedan ser consideradas como un legado nacional al estar exhibidas en museos abiertos al público en la República Mexicana y en el extranjero. Un ejemplo muy claro se dio en 2021 en donde, de las 1467 obras de artistas Mexicanos entregadas y dictaminadas por el área especializada del SAT como pago en especie, 36 fueron determinadas como patrimonio artístico de la nación, al considerarse “su calidad y representatividad”; por lo anterior, habría que valorar la conveniencia de pagar en especie o con los ingresos generados por la venta de las obras de arte ya que en algunas ocasiones el valor de las obras dadas en pago superan en mucho el monto del adeudo de los impuestos.

En Huicochea Contadores estamos conscientes que debemos dejar al artista que se ocupe de la creación de su obra y no distraerlo con obligaciones contables y de pago de impuestos como lo argumentó David Alfaro Siqueiros en alguna ocasión, sin embargo, para que puedan cumplir con el pago de sus impuestos les brindamos la siguiente:

Hoja de ruta “general” para pago en especie de impuestos (ISR e IVA) al SAT para Artistas Mexicanos:

  1. Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes del SAT, en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con la actividad económica de “artista o técnico independiente”.

  2. Generar constancia de situación fiscal.

  3. Contar con su opinión de cumplimiento positiva.

  4. Darse de alta en el Programa de Pago en Especie llenando, imprimiendo por duplicado y asentando firmas autógrafas en el formato oficial HDA-1 que se encuentra en “documento descargable” en esta liga. El formato se presenta en oficinas del SAT en los meses de enero a abril del primer año cuando se tome la opción del Decreto y cuando se abandone la opción (solicitar acuse de recibo), acompañado de la identificación oficial vigente y currículum vitae del Artista.

  5. La primera declaración que se presentará será la del año inmediato posterior a la presentación del Aviso de Inicio en Forma_HDA2, es decir, si se inscribe en 2023, la primera declaración se presentará durante los meses de febrero a abril de 2024, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Hasta ese momento se entregará(n) la(s) obra(s) de arte que se presenten como propuesta de pago en especie; la(s) cual(es) deberán ser similares en técnica y tamaño a las vendidas por el artista durante ese mismo periodo, con base en el número de obras enajenadas en el año

 

Situaciones importantes a considerar por los Artistas Pasticos:

  1. La(s) factura(s) o CFDI(´s) emitida(dos) por el Artista Plástico [que ampara(n) el valor de la(s) obra(s) de arte(s) plástica(s)] a favor de Persona Moral deberá(n) contener la leyenda “el pago de ISR e IVA se realiza en especie” por lo que no habrá retención del 10% de ISR de acuerdo a la regla 11.1.3 de la RMF.

  2. La regla 11.1.4 de la RMF señala que los artistas que ejerzan la opción del Decreto podrán optar por no llevar contabilidad siempre que el 100% de sus ingresos gravados por el ISR deriven de la enajenación de sus obras.

  3. El artista debe tener en cuenta que en México la subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte son consideradas como actividades vulnerables para efecto de la ley de Lavado de Dinero por lo que se deben de hacer, resguardar (5 años) e informar los expedientes respectivos a la Unidad de Inteligencia Financiera, por conducto del SAT.

Hasta el momento se han detallado de forma general los requerimientos mínimos para el cumplimiento ante el SAT, sin embargo, en nuestras oficinas tenemos personal especializado que cuida hasta el más mínimo detalle para evitar cualquier eventualidad al respecto.